1.- La falta de pràctica de las analìticas indicadas en las Guìas y Protocolos.
2.- Ausencia de detecciòn de preclampsia o Sìndrome de Hellp en embarazadas y fallecimiento de las mismas.
3.- Fallecimiento de parturienta en el Hospital sin patologìa previa.
4.- Resultados totalmente ajenos a los perseguidos con el tratamiento o la intervenciòn.
5.- Fallecimientos o lesiones graves sucedidos durante el transcurso de intervenciones quirùrgicas sencillas o tratamientos mèdicos sin complicaciòn.
6.- Ausencia de especialistas o retraso en requerirlos cuando se necesita su presencia con urgencia.
7.- Tardanza en atender a una persona con claros signos de sufrir un infarto o cualquier otra patologìa que requiera asistencia sanitaria urgente.
8.- Fallecimiento por no prestarse la asistencia sanitaria de urgencia cuando se requiriò por no estar presente el facultativo.
9.- Olvido de material mèdico dentro del cuerpo del paciente en el transcurso de una operaciòn quirùrgica.
10.- Daños producidos por la radiaciòn excesiva al paciente.
11.- Daños producidos por el propio material quirùrgico, como quemaduras producidas por bisturì elèctrico o incluso electrocuciones.
12- Error en la interpretaciòn de los resultados de las pruebas diagnosticadas.
13.- Realizaciòn de pruebas diagnòsticas de riesgo sin el adecuado control ni la preparaciòn y vigilancia necesarias como por ejm. prueba de esfuerzo cardìaco, en la que fallece el paciente.
14.- Daños ocurridos como consecuencia del funcionamiento interno del propio hospital: caida de camillas o de sillas de ruedas, mala pràctica de las funciones de enfermerìa, etc.
15.- Por daños causados como consecuencia de las listas de espera.
16.- Por daños causados por no seguimiento de los Protocolos y Guìas mèdicas al uso.
17.- Daños en el feto por prescripciòn de medicamentos a la madre.
18.- Daños en el feto por negligencia en el transcurso del parto.
19.- No detecciòn de malformaciones visibles en pruebas ecogràficas.
20.- Errores en el seguimiento del embarazo y/o parto.
21.- Infecciones en la sangre (sepsis).
22.- Infecciones respiratorias (neumonìas intrahospitalarias).
23.- Por agujas, sondas, catèteres y demàs material hospitalario o quirùrgico deficientemente esterilizado o contaminado.
24.- Por transmisiòn post-transfusional de enfermedades infecciosas (hepatitis C o VIH Sida).
25.- Pèrdida de la oportunidad de sobrevivir por la no prestaciòn de cuidados mèdicos o su prestaciòn a destiempo.
26.- Por errores de diagnòstico.
27.- Por no-obtenciòn del resultado prometido en cirugìa voluntaria, satisfactiva o estètica.
28.- Toda clase de intervenciones quirùrgicas con resultado lesivo para el paciente como fallecimientos injustificados, tetraplegìas, paraplegìas, paràlisis o disfunciones nerviosas, atrofia de òrganos, lesiones vasculares, pèrdida de visiòn en intervenciones oculares simples como cataratas, empeoramiento de patologìas de base o partida que llevaron al paciente a operarse.
(Fuente: www.estudio-dicataldo.com.ar)
Para que los 28 millones de peruanos puedan protegerse de todos estos riesgos, se presenta el Proyecto de Ley que crea el SEGURO OBLIGATORIO DE RESPONSABILIDAD CIVIL POR SERVICIOS DE SALUD.
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