2010/04/30

Explosión en grifo de avenida Javier Prado causa tragedia

Todos los medios de prensa disparan otra noticia sangrienta: EXPLOSIÓN EN GRIFO DE JAVIER PRADO CAUSA TRAGEDIA.

(Grifo era un ave mitológica con pico de águila y cuerpo de león que cuidaba celosamente los cerros del norte de la India; la razón es sencilla: en esos lugares vivían sus crías y en esos lugares había mucho oro. Grifo es un dispositivo o llave usado para dar paso o cortar el flujo de agua u otro fluido).

Es bueno que los 29 millones de peruanos sepan que el Ministerio de Energía y Minas OBLIGA A TODOS los grifos y estaciones de servicio (venta de gasolina, gas, petróleo), que tengan una Póliza de Seguro de Responsabilidad Civil que puede llegar a más de 500 mil nuevos soles de suma asegurada o cobertura.

Hablando fácil y con ejemplos: si un grifo o estación de servicio explota y deja heridos, muertos y causa daños materiales, debe pagar e indemnizar todos los daños. Es decir el tratamiento ambulatorio u hospitalario de los lesionados e inválidos, los gastos de sepelio de los fallecidos, la reparación o restitución de los daños materiales (casas, autos, etc), el lucro cesante o pérdidas económicas de los negocios o personas, el daño moral y los intereses legales.

Exactamente igual opera la Ley para los transportistas, comercializadores, empresas instaladoras de gas natural, las de redes de distribución de gas y similares.

Este Seguro Obligatorio que deben tomar los expendedores de peligro, también se constituye en un “grifo mitológico” para proteger celosamente a la ciudadanía y sus bienes.

2010/04/20

Grifos tienen seguro obligatorio contra explosión y daños

Todos los medios de prensa disparan otra noticia sangrienta: EXPLOSIÓN EN GRIFO DE JAVIER PRADO CAUSA TRAGEDIA.

(Grifo era un ave mitológica con pico de águila y cuerpo de león que cuidaba celosamente los cerros del norte de la India; la razón es sencilla: en esos lugares vivían sus crías y en esos lugares había mucho oro. Grifo es un dispositivo o llave usado para dar paso o cortar el flujo de agua u otro fluido).

Es bueno que los 29 millones de peruanos sepan que el Ministerio de Energía y Minas OBLIGA A TODOS los grifos y estaciones de servicio (venta de gasolina, gas, petróleo), que tengan una Póliza de Seguro de Responsabilidad Civil que puede llegar a más de 500 mil nuevos soles de suma asegurada o cobertura.

Hablando fácil y con ejemplos: si un grifo o estación de servicio explota y deja heridos, muertos y causa daños materiales, debe pagar e indemnizar todos los daños. Es decir el tratamiento ambulatorio u hospitalario de los lesionados e inválidos, los gastos de sepelio de los fallecidos, la reparación o restitución de los daños materiales (casas, autos, etc), el lucro cesante o pérdidas económicas de los negocios o personas, el daño moral y los intereses legales.

Exactamente igual opera la Ley para los transportistas, comercializadores, empresas instaladoras de gas natural, las de redes de distribución de gas y similares.

Este Seguro Obligatorio que deben tomar los expendedores de peligro, también se constituye en un “grifo mitológico” para proteger celosamente a la ciudadanía y sus bienes.

El Código de Consumo incrementa multas en 50%

Empresas infractoras pagarán hasta S/. 1.6 millones si es que cometen faltas graves fijadas en la norma.

El proyecto del Código de Consumo enviado por el Ejecutivo al Congreso de la República establece en su artículo 112, un incremento de 50% en las multas que aplica actualmente el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi) por infracciones administrativas graves.

“La Ley Procesal del Consumidor que rige actualmente contempla que el Indecopi establezca multas por infracciones muy graves hasta por un techo de 300 UIT, por tanto este código establece un incremento de 150 UIT adicionales, es decir hasta 450 UIT”, dijo el secretario técnico de Indecopi, Edwin Aldana.

Así, si antes se sancionaba a los que cometían infracciones graves con S/. 1´080,000 ahora pagarán, según el código, un 50% más, es decir S/.1´620,000.

Precisó que además este código establece incrementos en el caso de infracciones graves y leves, que según la ley vigente las multas son de 100 UIT y 20 UIT y que según este código serán de 150 UIT y 50 UIT.

Explicó que se considera infracción administrativa grave cuando se atenta contra la salud y la vida de las personas, por ejemplo, acciones negligentes en caso de accidentes de tránsito interprovincial, comercialización de medicamentos falsos, entre otros

Para el ex decano del Colegio de Abogados de Lima (CAL), Walter Gutiérrez, es bueno que se establezca un monto alto de multas ya que las infracciones violan los derechos no sólo de los consumidores sino del Estado y en ese sentido desincentivarán la conducta lesiva contra los consumidores.

Resaltó que de aprobarse este incremento de las multas en la versión final del Código de consumo, que determinará el Parlamento, se debe precisar que este dinero no solo sea destinado para Indecopi y asociaciones de consumidores sino también para los usuarios, buscando el mecanismo adecuado.

En la misma línea el congresista Jhony Lescano, miembro de la Comisión de Defensa del Consumidor, indicó estar de acuerdo con el incremento de las multas pero determinando qué parte de ellas se destine a los usuarios Precisó que esta propuesta se va a debatir en el grupo de trabajo del Parlamento.

Multas deben disuadir a infractores
Para el presidente de Acuse, Gabriel Bustamante, la versión final del Código de Consumo debe establecer un monto de multas que realmente disuada a los infractores ya que se conoce que muchas empresas infractoras hacen cálculos de cuánto puede ser la multa y cuánto el beneficio que pueden obtener con la conducta abusiva e ilícita y deciden cometer las infracciones al ver que la ganancia ilícita va a ser mayor.

MIRTHA TRIGOSO

2010/04/13

Multas de Indecopi no deben ir sólo a sus arcas... el consumidor debe participar

Indecopi es la autoridad nacional de consumo de mi país.

Indecopi captó por Multas el año 2009 (vía la Comisión de Protección al Consumidor), 21 millones de soles ó 7 millones 500 mil dólares.

Indecopi ha multado a una Clínica Privada por mala práctica médica (dejaron a un octogenario en estado vegetativo), con 216,000 soles ó 77,000 dólares.

Indecopi le ha dicho a los familiares del inmóvil anciano que si quieren recibir una indemnización se vayan al Poder Judicial.

Esta injusticia y negligencia médica se dio el año 2007.

El abortado SOAT MÉDICO (a la gente le tienes que hablar claro “…si un chofer te atropella te debe indemnizar, si un médico no te puso la anestesia adecuada y te daña te debe indemnizar) es un buen proyecto en manos de malos políticos.

ESTAMOS IMPULSANDO QUE EL CÓDIGO DE CONSUMO CONTENGA, COMO NATURALEZA PROMOTORA, LA PARTICIPACIÓN ECONÓMICA DEL CONSUMIDOR O USUARIO AFECTADO, DE LAS MULTAS QUE LA AUTORIDAD IMPONGA A QUIEN LE CAUSÓ DAÑO.

La víctima de la negligencia médica debió cobrar parte de los 216,000 que como multa le aplicó Indecopi a la Clínica privada…es lo justo.

Que Indecopi se quede con toda la torta….es lo injusto.

2010/04/03

Ex decano del CAL llora como mujer lo que no supo defender como hombre…

Walter Gutiérrez era la vedette cuando fue presidente de la Comisión que propuso el Código de Consumo junto al eterno presidente de Aspec Jaime Delgado. A ambos los utilizaron y ahora que el Ejecutivo dispara otro Proyecto (que debe obligatoriamente ser revisado por el Congreso de la República) se siente ofendido diciendo (entre otros) que hay un Estado ausente, que la información no basta, que no se habla de los transgénicos, tampoco de los alérgicos…pero lo más increíble, que no se había solicitado (recién ahora trina) la participación de las Asociación de Consumidores.

Este debió ser (desde que lo convocaron) su “caballito de batalla” y no, por ejemplo, declarar públicamente que nuestra Asociaciones de Consumidores y Usuarios de Seguros – ACUSE estaba descalificada (versión que avala el señalado eterno presidente) porque era Corredor de Seguros…no sabe este “abogado figureti” que el Corredor de Seguros es el mejor defensor de los asegurados, que no se debe a las aseguradoras sino a sus representados y que sus honorarios profesionales no se lo pagan éstas sino sus clientes. ¿Dónde está el conflicto de intereses?.

En las luchas contra los grandes intereses la unión hace la fuerza; sino miren cómo se defienden las empresas (Confiep), los comerciantes (Cámara de Comercio), los industriales (Sociedad Nacional de Industrias), los banqueros (Asbanc), las aseguradoras (Apeseg), las afps, y un largo etc.

Las Asociaciones de Consumidores y Usuarios debemos unirnos ahora más que nunca y ponernos los pantalones largos.