2009/07/11

Accidentes de tránsito: Agenda pendiente al 30.09.08

Mientras en España se dio luz verde a una Ley que ordena pagar hasta 70 millones de euros como límite indemnizatorio en un accidente de tráfico (es decir por un evento) y en Colombia el 95% de familiares cobraron el Soat por sus muertos (5,400 por año), aquí en Perú hay una Agenda Pendiente a cargo del Estado:

1.- Por cuenta del Ministerio de Transportes y la SBS y AFP:

Reglamentar el Decreto Legislativo N° 1051 donde, entre otros, se crea la Central de Riesgos a cargo de la SBS y AFP. Mediante esta Central se podrá “….aplicar una reducción escalonada del costo de la Póliza (Soat) por no-siniestralidad o un plus adicional por mayor siniestralidad ”. En buen cristiano, si Ud. no chocó o no usó su Soat o Afocat, deberá recibir una bonificación y en caso contrario sufrirá un recargo al costo.

Esperamos también que la SBS y AFP publique la siniestralidad de las Afocats al estar bajo su supervisión.

Ojo que el plazo de publicar el Reglamento se venció el 27 de setiembre.

2.- Por cuenta del Congreso de la República :

Insistir en aprobar la Observación hecha por el Ejecutivo el 29.02.08 a la Autógrafa de “ Ley que modifica la Ley N ° 28 515 – Ley que promueve la Transparencia de la información del Soat, estableciendo como obligación de las empresas aseguradoras la comunicación escrita a los beneficiarios para el cobro de la indemnización del Soat ”. Entre otros, esta Autógrafa también obliga a difundir beneficios de este Seguro Obligatorio en idioma quechua, aimara u otros, así como la información que deben proporcionar los establecimientos de salud a nivel nacional sobre los derechos y coberturas que tienen los ciudadanos cuando existe un atropello y fuga.

3.- Por cuenta de la Sunat :

La cobertura de Gastos de Curación ( tratamientos ambulatorios, hospitalarios, medicinas, exámenes y otros que demanden atención a los lesionados) tiene un alcance económico de 17,500 soles ó 5 Unidades Impositivas Tributarias. Este monto bruto incluye IGV, eso quiere decir que las atenciones se interrumpen cuando llega al monto neto de 14,706 soles ( sin el 19%), recortándole los derechos a los accidentados. La aseguradora tiene crédito fiscal (recupera del Estado lo que paga a su proveedor por IGV) y por lo tanto no estaría cumpliendo por pagar las 5 UIT.

Ante mi reclamo planteado al Ente Rector, la SBS y AFP, ( que suponía velaba por los intereses de los usuarios o consumidores de Seguros, más aún al tener una Plataforma de Reclamos), recibí como respuesta que debía dirigirme a la Sunat ( que tal “soplada de pluma” ).

Así que públicamente le pido a la Sunat que no menoscabe los derechos de las víctimas y norme para que la suma asegurada para esta cobertura sea de 17,500 más IGV.

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